o [II.1. los embriones producidos in vitro/micromanipulados (1) descritos anteriormente fueron producidos, transformados y almacenados por un equipo de producción de embriones (2) cuya autorización y supervisión son acordes con el anexo D, capítulo I, sección III, puntos 1 y 2, de la Directiva 92/65/CEE;]
o [II.1. tlos embriones producidos in vitro/micromanipulados (1) descritos anteriormente fueron producidos, transformados y almacenados por un equipo de producción de embriones (2) cuya autorización y supervisión son acordes con el anexo D, capítulo I, sección III, puntos 1 y 2, de la Directiva 92/65/CEE;]
o [II.2. los embriones micromanipulados descritos anteriormente se ajustan a los requisitos del anexo D, capítulo III, sección II, punto 4, de la Directiva 92/65/CEE;]